Fútbol Femenino

Dura sanción para jugadoras que agredieron a árbitra en Paraná

El Tribunal de Disciplina de la LPF aplicó una dura sanción a las personas involucradas en el ataque a la árbitra. Cinco años de suspensión para la agresora.

El Tribunal de Disciplina de la Liga Paranaense de Fútbol determinó en la noche del martes cuáles fueron las sanciones para jugadoras del club Palermo, al igual que el entrenador, por la brutal agresión a la árbitra Florencia Botto. El incidente se registró en el marco del partido con Arenas FC por una fecha del Torneo Femenino que se estaba jugando en la cancha de Ministerio y la jugadora que la atacó recibió una dura sanción.

Botto fue agredida de manera cobarde recibiendo diferentes golpes. “Me agarraron de los pelos y luego recibí dos patadas. Les pedía que me soltarán pero fue en vano. Estoy triste y dolida por todo lo ocurrido. Lo recuerdo y lloro. No es forma de terminar un partido”, afirmó la joven en diálogo con UNO horas después de la agresión.

Ante esto, el Tribunal de Disciplina de la Liga Paranaense resolvió duras sanciones para las personas involucradas. Ellas son:

Suspender por 30 fechas a Pablo Sotelo, DT de Palermo.

Suspender por 30 fechas a la jugadora Mariángel Segovia.

Suspender por cinco años a la jugadora Stefanía Garay (autora de la agresión).

Además, se dio por ganado el partido a Arenas 3 a 0.

A raíz de esta situación, en el seno de la entidad de barrio Rocamora hay un gran malestar y no se descarta que se tomen otras medidas internas. Además, todo se potenció por la repercusión nacional e internacional que tuvo el hecho.


La resolución del Tribunal de Penas de la LPF:

* Palermo vs Arenas, fecha 07 de noviembre de 2021, cancha de Ministerio, categoría Primera División Femenina:

* Informe Arbitral: Ante el informe presentado por la terna arbitral, este tribunal RESUELVE:

a) Suspensión e inhabilitación por TREINTA (30) fechas, al Sr. Sotelo Pablo Franco, DNI 33.919.272, director técnico del club Palermo Art. 184°.

b) Suspensión e inhabilitación por TREINTA (30) fechas, a la Sra. Segovia Mariángel Lujan, DNI 32.565.332, jugadora del club Palermo Art. 184°.

c) Suspensión e inhabilitación por CINCO (5) años, a la Sra. Garay Stefanía, DNI 40.693.865, jugadora del club Palermo Art. 183°.

d) Pérdida del partido al Club Palermo Art. 106°.

e) Queda fijo el resultado Palermo 0 vs Arenas 3 Art. 152°.

Fuente: UNO.

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