Los abogados defensores de Sergio Urribarri solicitaron este jueves el sobreseimiento del exgobernador condenado recientemente por cinco casos de corrupción. En esta oportunidad se lo investiga por supuestos delitos de peculado, cohecho (coimas) y negociaciones incompatibles con la función pública en una serie de contrataciones de su gobierno con el empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros. La audiencia fue presidida por el juez de Garantías Mauricio Mayer quien anunció que resolverá el martes 3 de mayo a las 12.

Por el Ministerio Público Fiscal asistieron la fiscal Patricia Yedro y el fiscal Gonzalo Badano, y por la defensa los abogados Raúl Barrandeguy, José Candelario Pérez y Miguel Cullen.

El ex gobernador de Entre Ríos y ex embajador argentino en Israel, Sergio Urribarri, comenzó a ser investigado en 2017, pero la contrataciones se dieron a partir de 2008, cuando Urribarri ya comandaba la provincia de Entre Ríos.

Se sospecha que el ex gobernador propuso la contratación del empresario paraguayo Diego Cardona Herreros, dueño de la empresa Relevamientos Catastrales, con sede en la Ciudad de Buenos Aires.

En total se investigan seis hechos distintos.

En la primera operación, la empresa Relevamientos Catastrales habría pagado 3.200.000 pesos de sobreprecio, más de un millón de dólares de ese entonces, por una contratación con el Estado de 3.218.000 dólares.

Según las anotaciones y la documentación hallada en el estudio de Cardona Herreros, los presuntos pagos al gobernador, funcionarios y directivos se dieron entre mayo de 2008 y diciembre de 2010.

En el segundo hecho, lo que se buscó fue lograr una prórroga de la contratación de la firma para generar otro sobreprecio, que se abonaría nuevamente a los funcionarios.

En tercer lugar se investiga una nueva contratación con la empresa de Cardona Herrero, desde el 11 de agosto de 2010, con una cotización de 180.290 pesos por mes.

El cuarto hecho que está bajo la lupa del Ministerio Público Fiscal se registró en 2011. Dos funcionarios elaboraron un presupuesto de 250 mil pesos mensuales por 18 meses, con opción de prórroga por parte de la Provincia por otros 18 meses más. También había sobreprecios y pagos de coimas.

Además se investiga una contratación de la misma firma con el Ministerio de Economía de la provincia. Relevamientos Catastrales resultó adjudicada por un decreto de Urribarri y el ministro Diego Valiero, con una oferta de $652.800 mensuales, incluyendo unos 130.000 pesos mensuales de sobreprecios.

El último hecho bajo análisis judicial fue con el Ministerio de Trabajo que comandaba Guillermo Smaldone, hijo del vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Juan Smaldone y amigo personal de la familia Urribarri. Otra vez se repite la operatoria de sobreprecios y pagos de coimas.
Pedido de sobreseimiento
La defensa de Urribarri se basa en una fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) para pedir el sobreseimiento, publicó el sitio Entre Ríos Ahora.

El equipo que defiende al exgobernador está compuesto por Raúl Barrandeguy, Candelario Pérez y ahora también por Miguel Cullen.

El lunes 6 de diciembre de 2021, la Sala Penal dictó el sobreseimiento de un imputado en una causa que se investiga el uso irregular de contratos de personal en la Cámara de Diputados.

El beneficiado resulto Juan Alfonso Blason Lorenzatto, imputado en una investigación por supuestos contratos truchos mientras se desempeñó en la oficina del exdiputado radical Ricardo Troncoso.

La decisión de la Sala Penal se dictó por cuanto consideró que el Ministerio Público Fiscal alargó los tiempos de la investigación sin argumentos, cuestión que, dice la Sala, no fue advertida ni por el juez de Garantías, el Tribunal de Juicios y Apelaciones ni la Cámara de Casación Penal.


En esa discusión, la fiscal de coordinación Matilde Federk planteó sus diferencias con la pretensión que había perseguido la defensa del imputado y que receptó el alto tribunal, y destacó el hecho de que la causa que involucra a Blasón Lorenzatto tiene pedido de remisión a juicio, aunque la audiencia para resolver ese planteo no se ha podido celebrar por la existencia de planteos de la defensa pendientes de resolución, “por lo que concluye propiciando el rechazo de la impugnación extraordinaria provincial por entender que no se verifica formalmente el agravio constitucional ni la mentada arbitrariedad en las resoluciones de las instancias inferiores, sino una mera disconformidad con la interpretación que tales sentencias ha hecho de normas procesales provinciales”, según la Sala Penal del STJ.

El voto que argumentó la postura de la Sala Penal del STJ lleva la firma del vocal Daniel Carubia.

“Por lo demás –dice en su voto–, constatándose largamente agotado el término para practicar la Investigación Penal Preparatoria, sin verificarse la existencia de una fundada solicitud de prórroga ni la consecuente concesión judicial para su continuación, deviene incontestable la insubsistencia de la potestad de la Fiscalía para realizar actos de investigación respecto del imputado recurrente Juan Alfonso Blasón Lorenzzatto, lo cual implica el agotamiento de las legítimas tareas de investigación con la inexistencia de razonable posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba; y no contó el Ministerio Público Fiscal, para entonces, con bases suficientes para requerir de manera fundada la apertura del juicio, lo cual configura la expresa causa de procedencia del sobreseimiento en su favor”.
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