El 14 de junio último, el juez de Garantías de Paraná, Mauricio Marcelo Mayer, declaró «prescripta» la acción penal en el marco de la causa que había iniciado la ministra de Salud, al secretario general de la UPCN y exdiputado del PJ, José Ángel Allende, por el delito de amenazas simples en un contexto de violencia de género, y en consecuencia dictó el sobreseimiento del dirigente sindical.
Grippo tuvo en cuenta la nueva calificación del delito que se le imputó a Allende, «amenazas simples».
Al respecto, dijo: «Cabe señalar que si bien el Dr. Mayer en aquella Resolución del 13 de abril de 2022 declaró que la correcta calificación legal del hecho era la de amenazas simples en ´contexto de violencia contra la mujer´, el legislador nacional no ha previsto el contexto de violencia contra la mujer como agravante de la figura de amenazas, ni tampoco como una agravante genérica».
En ese orden de ideas, el magistrado sostuvo que «no cabe duda alguna que conforme al cuadro normativo previsto en el Código Penal, las amenazas simples prescriben a los dos años».
Conocida la decisión de Grippo, la querellante en representación de la ministra de Salud, la abogada Fernanda Vásquez Pinasco, anticipó que apelará ante la Cámara de Casación Penal.
Fuente: Entre Ríos Ahora