El dueño de un establecimiento rural entrerriano fue condenado a ocho años de prisión por Trata Laboral
En un fallo histórico, la jueza federal Noemí Berros condenó a Y.A.A., propietario de un establecimiento rural en Puerto Yeruá, a 8 años de prisión por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral. La sentencia también incluyó una reparación económica superior a 11 millones de pesos destinada a las víctimas.
El juicio oral se centró en los hechos ocurridos entre el 7 y el 28 de septiembre de 2022, cuando cinco trabajadores rurales fueron hallados en condiciones extremas de precariedad, sin acceso a higiene, salubridad ni seguridad. La investigación se inició tras una inspección estatal que reveló la situación.
Dos condenados, distintas responsabilidades
Además de Y.A.A., fue sentenciado Sandro de la Cruz Vázquez, señalado como capataz del predio.
La jueza lo consideró partícipe secundario, imponiéndole 3 años de prisión en ejecución condicional, lo que significa que no irá a la cárcel. En cambio, Y.A.A. sí deberá cumplir la condena efectiva.
Posturas enfrentadas
Durante el tramo final del juicio, las defensas de ambos acusados —a cargo de los abogados Julio Pedemonte y Víctor Montiel— habían solicitado la absolución, intentando desligar responsabilidades.
Sin embargo, el fiscal general José Ignacio Candioti, junto al fiscal adjunto Juan Podhayny, sostuvo que existió una clara división de roles: Y.A.A. como patrón y D.L- C. V. como capataz, con dominio conjunto de los hechos, publicó Ahora.
Candioti había pedido 8 años y 6 meses de prisión para Y.A.A. y 8 años para D.L.C.V., además