2026-09-14

Abuso en el Ejército: Casación falló a favor de reparar el daño a la víctima

La Justicia Federal anuló el rechazo a indemnizar a la mujer abusada por un sargento. Los jueces consideraron que exigirle un nuevo juicio civil implicaría una carga "injustificada".

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal anuló el rechazo a la reparación integral que había dispuesto el Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay para una mujer abusada por un superior en el Regimiento de Caballería de Exploración 12 de Gualeguaychú.

La Cámara Federal de Casación Penal dispuso que deberá reconsiderarse la reparación económica reclamada por una víctima de abuso sexual.

La Sala II —integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Alejandro Slokar y Ángela Ledesma— hizo lugar parcialmente al recurso de la Fiscalía Federal a cargo de Pedro Rebollo y dejó sin efecto el rechazo que había resuelto el Tribunal de primera instancia.

 

El caso

La mujer prestaba servicio en el Regimiento de Caballería de Exploración 12 de Gualeguaychú, donde el sargento Víctor Hugo Mercado ejercía un cargo jerárquico superior.

Según se acreditó en el juicio, en julio de 2016 Mercado la obligó a cumplir una tarea fuera de su horario y la sometió a tocamientos y a un intento de abuso sexual sin su consentimiento.

Tras su negativa, comenzó un hostigamiento laboral que incluyó humillaciones frente a compañeros y traslados forzados de oficina, incluso después de que existieran denuncias y una orden de alejamiento contra el condenado.

Las pruebas del debate establecieron un fuerte deterioro psicológico de la víctima, que en septiembre de 2021 atravesó un intento de suicidio y pidió luego la baja del servicio militar.

En septiembre de 2025, el tribunal de Concepción del Uruguay condenó a Mercado a cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitación perpetua para cargos públicos, pero rechazó la reparación integral pedida por la fiscalía, con el argumento de que el planteo fue sorpresivo y que la vía civil era la adecuada.

 

Por qué Casación revirtió el rechazo

Los magistrados sostuvieron que tanto la fiscalía como la querella habían pedido la reparación desde la elevación a juicio, que el cálculo económico —a cargo de la SIFRAI y la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes— fue notificado a la defensa sin objeciones, y que la víctima había adherido a esos criterios cuando aún era querellante.

La Cámara remarcó además que remitir a la víctima a la Justicia Civil después de un proceso penal que ya probó el daño "importa, en los hechos, una carga adicional e injustificada" y que el Ministerio Público Fiscal está facultado para reclamar ese resarcimiento en representación del interés general, según la Constitución Nacional y la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal.

El fallo se apoyó también en los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino en la Convención de Belém do Pará.

La reparación había sido estimada en febrero de 2024 en $29.228.298, equivalente al salario percibido durante los cinco años en que se extendieron los hechos y sus consecuencias.

 

Recalificación de la condena

Por mayoría, con disidencia de Slokar, la Cámara recalificó el hecho de abuso sexual consumado a tentado, calificación ya utilizada por la fiscalía en el alegato. Los jueces aclararon que el cambio no altera la responsabilidad penal de Mercado —confirmada por unanimidad— ni la escala penal aplicable.

El expediente vuelve ahora al tribunal de origen, que deberá integrarse nuevamente para fijar la pena y avanzar con la reparación ordenada.

Intervinieron en la causa la Fiscalía Federal de Gualeguaychú, a cargo de Pedro Rebollo; la fiscal María Josefina Minatta; la titular de la SIFRAI, María Fernanda Bergalli; María del Carmen Chena, de Recuperación de Activos, y el fiscal general Raúl Pleé ante Casación.

Fuente: R2820/Uno.

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