Gualeguaychú podría tener su propio free shop
Con un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo incorporó una resolución del Mercosur que permite la instalación de este tipo de comercios en zonas limítrofes.
El Gobierno introdujo cambios en el Régimen de Tiendas Libres de Impuestos, conocidos como free shops, a través del decreto 436, para permitir la apertura de este tipo de locales en los pasos fronterizos terrestres del país.
La medida incorporó una resolución del Mercosur vigente desde 2018 que tiene como objetivo fomentar el desarrollo de las economías regionales. Por ello, el Gobierno decidió incorporar dicho régimen “al ordenamiento jurídico interno con el fin de dotar de mayor competitividad a las zonas de frontera, promover dicha actividad turística, incentivar el comercio regional y contribuir al desarrollo económico local”.
Los free shops son locales autorizados a vender determinados productos exentos de impuestos a viajeros que ingresan o regresan de Argentina. Hasta ahora, estaban habilitados en aeropuertos y puertos, y solo uno cerca de las fronteras, en Puerto Iguazú, y otro en la ciudad de Ushuaia.
“Resulta necesario que la instalación y funcionamiento de las tiendas libres de impuestos se realice exclusivamente en pasos fronterizos habilitados o en ámbitos en los cuales resulte posible ejercer el control aduanero correspondiente a las operaciones alcanzadas por el régimen de equipaje”, aclaró el decreto.
La instalación y operación de las tiendas libres de impuestos en las fronteras terrestres requerirá una doble autorización. El Ministerio de Economía será el encargado de otorgar la habilitación comercial, mientras que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá aprobar el funcionamiento del local.
Las compras que realicen los viajeros en los free shops quedarán bajo el régimen de equipaje que establece los límites y condiciones para el ingreso de bienes al país sin el pago de impuestos.
Esto significa que los productos adquiridos serán para uso personal y no podrán tener fines comerciales ni industriales. Los límites y franquicias vigentes para ese régimen serán los que determinen cuánto puede comprar cada uno.
No obstante, hay una lista de artículos excluidos que no podrán venderse en las Tiendas Libres de Impuestos en frontera terrestre. Estos son: Vehículos, repuestos y combustibles;
Alimentos; animales y plantas; armas y municiones; cigarrillos; maquinaria agrícola, industrial o comercial; electrodomésticos de gran porte; materiales de construcción y eléctricos; neumáticos; ropa y calzado, excepto zapatillas deportivas y ojotas.
Fuente: TN