2026-09-17

OPINIÓN | RICARDO LUCIANO

Contaminación sin culpables: el silencio que nos enferma

¿Quién se hace responsable de la recomposición del daño? Lo que nos ocultan las autoridades de control y la CODEGU.

Desde que realice la denuncia el 11 de julio de 2025, los responsables del no y del mal funcionamiento de la planta de tratamiento de efluentes líquidos del Parque Industrial Gualeguaychú son la Secretaría de Ambiente provincial y la Subsecretaría de Ambiente Municipal –encargados del control-, además de la responsable primaria la CODEGU.

Todos vienen tratando minimizar y esconder lo que ocurre. Sin embargo, la realidad de los hechos demuestra lo contrario, la contaminación es una realidad incontrastable que, nos acompañará por muchos años, más, diría que, para siempre. Los metales pesados no se irán nunca del lecho de nuestro río, aunque, reitero, minimicen o quieran esconder todo.

En agosto de 2025, en aguas del río Gualeguaychú se encontró:

- Demanda biológica de oxígeno -DBO- 488 mg/L con un máximo reglamentario de 50 mg/L

- Demanda Química de Oxigeno -DQO- 908 mg/L con un máximo reglamentario de 100 mg/L

- Coliformes Termotolerantes 46.000 nmp/100 ml máximo reglamentario 5.000, y presencia de Escherichia coli

- Plomo 0,067 mg/L máximo reglamentario 0,007.

En noviembre de 2025 se encontró en las aguas de la planta del PIG:

- Demanda Biológica de oxigeno -DBO- 752 mg/L con un máximo reglamentario de 50 mg/L

- Coliformes Termotolerables 240.000 nmp/100 ml con un máximo reglamentario de 5.000, y presencia de escherichia coli.

En junio de 2026, por el posible vertido de la planta de tratamiento de efluentes líquidos del PIG, en las calles Los Cedros y Las Magnolias, del ingreso al Barrio Don Pedro, la Subsecretaria de Ambiente municipal retiró muestras que fueron analizadas en los laboratorios de la UNER local, dando como resultado:

- Coliformes Termotolerables 54.500 UFC/100Ml- máximo reglamentario 5.000

- Escherichia coli – 19.759 UFC/100ml. Máximo reglamentario 50 UFC/100ml

- Aluminio 1.164 mg/l máximo reglamentario 0,005 mg/l

- Cromo 0,095 mg/L máximo reglamentario 0,002 mg/L

- Cobre 0,012 mg/L máximo reglamentario 0,002 mg/L

- Plata 0,065 mg/L máximo reglamentario 0,0001 mg/L

- Selenio 0,022 mg/L máximo reglamentario 0,001 mg/l

- Zinc 0,033 mg/L máximo reglamentario 0,03 mg/L

Estos metales pueden provocar enfermedades. Porque el Cromo hexavalente es un cancerígeno humano comprobado: el Aluminio es altamente neurotóxico, recordemos que en los análisis de la CARU en la boca del río Gualeguaychú sobre el río Uruguay se dieron medidas de 7.000, 8.000. 13.000, y un día de 24.000 mg/L.

En tanto, el Cobre produce toxicidad intestinal aguda – cirrosis hepática, el Selenio con exposición crónica produce selenosis – caída del cabello y el Zinc en concentraciones severas produce alteraciones a la homeostasis mineral del organismo. Interfiere en forma directa con la absorción de cobre, gatillando anemias severas, deficiencias inmunológicas y problemas de crecimiento.

La Plata por su acumulación crónica en los tejidos genera argiria, una condición irreversible que tiñe la piel y las mucosas de un tono gris azulado.

Los vecinos de la planta de tratamiento de efluentes líquidos del PIG, como los del Río Gualeguaychú merecemos una explicación: 1º De las autoridades responsables Secretaría de Ambiente provincial y Subsecretaría municipal que, es evidente nada controlaron y si controlaron escondieron todo, por ello son responsables de la contaminación encontrada. 2º por los responsables de la CODEGU.

“El silencio es salud”, se dice, en este caso mata.

Te puede interesar