25/08/2026

Los Corsos Populares Matecito fueron declarados Patrimonio Cultural Inmaterial de Entre Ríos

El Gobierno provincial reconoció mediante decreto a la manifestación cultural y artística de los Corsos Populares Matecito, incluida la tradicional corneta murguera. La solicitud fue presentada en la actual gestión municipal.

Mediante el Decreto Nº 2563, fechado el 20 de agosto, el Gobierno de Entre Ríos declaró Patrimonio Cultural Inmaterial a la manifestación cultural y artística representada por los Corsos Populares Matecito, una de las expresiones del carnaval popular de Gualeguaychú.
 
La declaración comprende las prácticas sociales, musicales, coreográficas y comunitarias que caracterizan a los corsos, los saberes tradicionales asociados al carnaval popular y los conocimientos y técnicas vinculados con la construcción, utilización e interpretación de la corneta murguera dentro de la tradición local.
 
La gestión para alcanzar este reconocimiento fue iniciada por el subsecretario de Cultura, Deportes y Juventud, Luis Castillo, y presentada ante las autoridades provinciales con la documentación correspondiente para solicitar la incorporación de los Corsos Populares Matecito y la corneta murguera al patrimonio cultural inmaterial entrerriano.
 
Durante el trámite, la Dirección General de Museos y Patrimonio Cultural de la Secretaría de Cultura de Entre Ríos emitió un informe favorable y recomendó avanzar con la declaración. La Dirección Legal y Administrativa de la Secretaría de Cultura también respaldó la gestión mediante el Dictamen Legal Nº 322/26.
 
En los fundamentos del decreto se señala que el patrimonio cultural inmaterial comprende aquellas expresiones que se transmiten de generación en generación y son recreadas permanentemente por las comunidades en relación con su entorno, su historia y su identidad.

A partir de la declaración, los Corsos Populares Matecito serán incorporados al Registro Único de Bienes Declarados Patrimonio Cultural Material o Inmaterial de la Provincia de Entre Ríos, creado por la Ley Nº 10.911.