04/11/2026

¿Qué evaluará el juez Viri sobre el futuro de la Planta de Efluentes del PIG?

El certificado ambiental provisorio es el punto clave para definir la clausura de la planta del PIG, pero también si las inversiones que hizo CODEGU son suficientes y efectivas para no contaminar el río Gualeguaychú.

El juez federal Hernán Viri resolverá en los próximos días si mantiene la clausura de la planta de tratamiento de efluentes del Parque Industrial de Gualeguaychú o la reemplaza por medidas de control.

El certificado de aptitud ambiental presentado por CODEGU tiene vigencia provisoria por 60 días y está sujeto a que se subsanen varias falencias, explicó el magistrado a Radio Nacional y R2820.

Tras la audiencia pública realizada ayer, el juez federal Hernán Viri analizará las presentaciones de las partes y las actuaciones acumuladas en la causa antes de resolver si hace efectiva la clausura de la planta de tratamiento de efluentes del Parque Industrial de Gualeguaychú (PIG) o dispone una medida alternativa.

Esa definición será en muy pocos días anticipó Viri y puso en foco cuál serían los puntos centrales a tener en cuenta en su fallo.

El principal punto pendiente es el alcance del certificado de aptitud ambiental que presentó CODEGU. Según informó Viri, la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos aclaró durante la audiencia —y también por escrito— que se trata de un certificado provisorio, con una validez de 60 días, y que la planta debe corregir diversas falencias técnicas. Al finalizar ese plazo, la Provincia volverá a inspeccionarla y evaluará si cumplió las exigencias.

La situación cobra relevancia porque, de acuerdo con el juez, el último certificado había vencido en 2021 y el Parque Industrial permaneció entre cinco y seis años sin renovarlo. La Cámara Federal, señaló, "cuestionó ese incumplimiento al revisar la causa".

Otro aspecto central será si las inversiones y mejoras que expuso el PIG sobre el funcionamiento de la Planta son realmente efectivos y se verifican en forma constante, si los monitereos en tiempo real dan sus resultados cumpliendo la norma vigente.

La clausura había sido dispuesta meses atrás, pero su ejecución quedó supeditada a que la resolución estuviera firme. Tras ser confirmada por la Cámara Federal y rechazarse un recurso de casación, CODEGU y el PIG presentaron un recurso de reposición. Para analizarlo, el magistrado convocó a la audiencia pública.

Viri indicó que "ahora puede mantener la clausura —que entonces se haría efectiva— o establecer controles y otras medidas sustitutivas. Si opta por esta segunda alternativa, deberá definir quién estará a cargo del monitoreo y cómo se certificará que se cumple". También advirtió que, ante valores por encima de los permitidos, podría disponer la clausura.

Mientras tanto, el juez subrayó que los efluentes no pueden descargarse directamente al río. Si la planta fuera clausurada, "cada empresa debería contratar un servicio de tratamiento o contar con una instalación propia", advirtió a Radio Nacional y R2820. 

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